Saltar al contenido

Calculadora de boleta de honorarios

Escribe el bruto de tu boleta o el líquido que quieres recibir: te damos el otro monto y la retención de 2026 (15,25 %), al peso.

¿Qué monto tienes?

Es un ejemplo: escribe tu monto, con o sin puntos.

Recibes (líquido)

$847.500

Una boleta de $1.000.000 emitida en 2026 lleva una retención de $152.500 (15,25 %): recibes $847.500.

Total honorarios monto bruto
$1.000.000
Retención 15,25 % de 2026
−$152.500
Total líquido a recibir
$847.500

¿Quién paga la retención?

  • Si te paga una empresa o un organismo público: retiene $152.500, te paga $847.500 y entera la retención en el SII.
  • Si te paga una persona sin contabilidad: te paga $1.000.000 y tú pagas los $152.500 como pago provisional mensual (PPM).

Cómo se calcula la boleta de honorarios

La boleta tiene tres montos: el total de honorarios (el bruto, lo que cobras), la retención y el total líquido que recibes. La retención es un porcentaje del bruto que cambia cada año; en las boletas emitidas en 2026 es del 15,25 %.

retención = bruto × 15,25 %  ·  líquido = bruto − retención

El SII publica este ejemplo: una boleta de $555.555 emitida en 2026 lleva una retención de $84.722 y deja $470.833. La misma boleta emitida en 2025, con el 14,5 %, dejaba $475.000. La calculadora reproduce todos los ejemplos del SII al peso.

El redondeo al peso

La retención casi nunca da un número entero. La Ley 18.267 (artículo 21) manda despreciar las fracciones de menos de 50 centavos y subir al peso siguiente las de 50 centavos o más. Así, $1.666.666 × 15,25 % = $254.166,565, que queda en $254.167, la cifra del ejemplo del SII.

Con el 15,25 %, los montos de miles impares caen justo en 50 centavos: $555.000 da $84.637,5 y la retención sube a $84.638.

Del líquido al bruto: cuánto cobrar para recibir un monto

Si acordaste recibir un monto líquido, la boleta tiene que ir por más: el líquido dividido por 0,8475 (es decir, 1 menos 15,25 %), redondeado al peso. Para recibir $500.000 en 2026, el total de honorarios es $589.970: la retención es $89.970.

Hay un detalle: como la retención se redondea, a veces dos brutos seguidos dejan el mismo líquido. Con $589.970 y con $589.971 recibes lo mismo, porque en el segundo la retención sube justo un peso. La calculadora te da el más bajo y te avisa cuando hay otro.

Retención de la boleta de honorarios por año

La Ley 21.133 sube la retención 0,75 punto cada 1 de enero desde 2020, y 1 punto en 2028, hasta llegar al 17 %. Es la tabla que publica el SII. La tasa que corresponde es la del año en que emites la boleta: en los ejemplos del SII, una boleta emitida hasta el 31 de diciembre de 2025 lleva 14,5 % y una emitida desde el 1 de enero de 2026, 15,25 %.

Retención por año y una boleta de $1.000.000
Año de emisiónRetenciónSe retieneRecibes
202010,75 %$107.500$892.500
202111,5 %$115.000$885.000
202212,25 %$122.500$877.500
202313 %$130.000$870.000
202413,75 %$137.500$862.500
202514,5 %$145.000$855.000
202615,25 %$152.500$847.500
202716 %$160.000$840.000
2028 en adelante17 %$170.000$830.000

Desde 2028 la tasa queda en el 17 % que fija el artículo 74 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, sin más alzas programadas.

Quién paga la retención

Depende de quién recibe tu boleta. Según el artículo 74 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, están obligados a retener las instituciones fiscales y semifiscales, las municipalidades, las personas jurídicas en general y las personas que tienen rentas de primera categoría y llevan contabilidad. Ellos te pagan el líquido y enteran la retención en el SII.

Si quien te paga no está obligado a retener (por ejemplo, una persona que te contrata para algo de su casa), recibes el bruto completo y la retención la pagas tú, como pago provisional mensual (PPM) del artículo 84 letra b) de la misma ley, con la misma tasa. El SII da este ejemplo: por una boleta de $150.000 sin retención emitida en 2026, el PPM es de $22.875.

  • La retención no es el impuesto final: la ley la llama «tasa provisional». En la declaración anual de renta, lo retenido se usa para pagar tus cotizaciones de trabajador independiente (Ley 21.133) y tu impuesto.
  • Sin IVA: los honorarios están exentos de IVA (DL 825, artículo 12 letra E N° 8). La boleta solo lleva la retención.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la retención de la boleta de honorarios en 2026?
15,25 %. Sube a 16 % en 2027 y llega al 17 % en 2028, como fija la Ley 21.133. En una boleta de $1.000.000 la retención es de $152.500 y recibes $847.500.
¿Cómo saco el bruto si sé cuánto quiero recibir?
Divide el líquido por 0,8475 (en 2026) y redondea al peso. Para recibir $500.000, la boleta va por $589.970. En la calculadora, marca «El líquido» y te da el monto exacto.
¿Quién paga la retención, yo o quien me paga?
Si te paga una empresa, un organismo público o un negocio que lleva contabilidad, ese pagador retiene el impuesto y lo entera en el SII: tú recibes el líquido. Si te paga una persona sin contabilidad, recibes el bruto completo y tú pagas la retención como pago provisional mensual (PPM).
¿Por qué la retención de mi boleta tiene un peso de diferencia?
Porque se redondea al peso: la Ley 18.267 desprecia menos de 50 centavos y sube 50 centavos o más. Con 15,25 %, una boleta de $555.000 da una retención de $84.637,5, que queda en $84.638.
¿La boleta de honorarios lleva IVA?
No. La Ley del IVA (DL 825, artículo 12 letra E N° 8) deja exentos los ingresos del artículo 42 de la Ley de la Renta, que incluye los honorarios. Por eso la boleta de honorarios solo tiene la retención, no IVA.